Ordinance 2018-28 - Ord. 2018-28 - SPANISH - calling 11-6-18 Charter election - 8-20-18
ORDENANZA NO. 2018-28
UNA ORDENENZA DEL CONSEJO DE LA CIUDAD DE HUNTSVILLE, TEXAS QUE
DECRETA LAS ELECCIONES MUNICIPALES QUE TENDRAN LUGAR EL DIA 6 DE
NOVIEMBRE DE 2018 CON EL PROPOSITO DE ELEGIR CUATRO MIEMBROS DE PLAZA
LIBRE DEL CONSEJO; DESIGNANDO LUGARES Y MODO DE LAS ELECCIONES; Y
PROPORCIONANDO EL AVISO Y PUBLICACION DE TAL NOTICIA.
CONSIDERANDO QUE, el ayuntamiento de la ciudad de Huntsville, Texas, haciendo uso del criterio
que le otorga la constitución y leyes de este estado, y en virtud de las provisiones del Capítulo 9 del
Código de gobierno local de Texas, y en virtud de sus Estatutos Municipales, ha decidido presentar
enmiendas para adoptar o rechazar enmiendas a los Estatutos Municipales existentes de la cuidad de
Huntsville durante unas elecciones especiales que se celebrarán el 6 de noviembre del 2018; y
ORDENESE POR EL CONSEJO DE LA CIUDAD DE HUNTSVILLE, TEXAS QUE:
Los hechos y enumeraciones mencionados en la introducción de esta Ordenanza se consideran y
declaran por la presente verdaderos y correctos.
SECCIÓN 1. Las elecciones especiales municipales en la ciudad de Huntsville, según lo prescrito en
la Sección 6.01 del Código Municipal, se efectuarán entre las siete (7:00) en punto A.M. y las siete
(7:00) en punto P.M. el día 6 de Noviembre de 2018, en la ciudad, con el propósito de votar para adoptar
o rechazar las enmiendas propuestas a los estatutos municipales existentes de la ciudad de Huntsville,
Texas.
SECCIÓN 2. Por la presente la Ciudad se divide en siete (7) precintos electorales. Los sitios de votación
para estos precintos electorales serán los siguientes:
Precinto Sitio de votación
101 Walker County Justice Center, 717 FM 2821
102 Walker County Annex; 1301 Sam Houston Avenue, Suite 101
201 Walker County Storm Shelter; 455 State Highway 75
205 Elkins Lake Recreation Conference Center; 634 Cherry Hills Drive
206 Huntsville Fire Station No. 1; 1987 Veterans Memorial Parkway
301 Huntsville ISD Transportation Building; 95 Martin Luther King
401 University Heights Baptist Church; 2400 Sycamore Avenue
SECCIÓN 3. Estas elecciones se efectuarán de acuerdo con y se regirán por las leyes electorales del
Estado de Texas. En todas las elecciones de la Ciudad, el Alcalde, el Secretario o el Consejo deberá
hacer y realizar cada acto de la misma manera que se requiere que haga y realice en otras elecciones el
Juez del Condado, el Secretario del Condado o el Tribunal de Comisionados respectivamente. Los
miembros de la sala de consejo han determinado, de acuerdo con el Capítulo 31 del Código de Elección
de Texas, que se autoriza que la Ciudad firme un Acuerdo de Servicios de Elección con el Condado de
Walker, Texas, y, de acuerdo con el Capítulo 271 del Código de Elección de Texas, se autoriza que la
Ciudad firme un Acuerdo de Elección Conjunto con el Condado de Walker y otras subdivisiones
políticas participantes para esta elección. El Secretario Municipal y el Alcalde de la Ciudad se autoriza
a realizar todas las funciones y tomará todas las acciones según se requiera por cualquier acuerdo
electoral (s) y/o el contrato (s) para los servicios de elecciones que pueden ser autorizados por el
Ayuntamiento.
SECCIÓN 4. El formato de la boleta electoral será el siguiente:
BOLETA OFICIAL
Elección especial
Ciudad de Huntsville Texas
6 de noviembre de 2018
SECCIÓN 5. ENMIENDAS PROPUESTAS A LOS ESTATUTOS MUNICIPALES
EXISTENTES
ENMIENDA A. Enmienda al Artículo III, Sección 3.04 asegurando que los procedimientos de la
Ciudad sean consistentes con las leyes estatales actuales al cambiar la última oración borrando las
palabras "... Capítulo 106, Página 489, Actas del Congreso Cuadragésimo del Estado de Texas, Primera
Sesión Convocada, 1927, de aquí en adelante enmendadas, el mismo siendo el Artículo 1105b de los
Estatutos Civiles Revisados del Estado de Texas, 1925...." y agregando nuevas palabras de manera que
la última oración de la Sección 3.04 se lea como sigue:
"Como método alterno y acumulativo de desarrollar, mejorar y pavimentar cualquiera y todas las
calles, aceras, callejones, carreteras y otras vías públicas dentro de sus límites incorporados, la Ciudad
tendrá el poder y la autoridad de proceder de acuerdo con todos los poderes concedidos a las ciudades
permitidos por la ley."
ENMIENDA B. Enmienda al Artículo IV, Sección 4.06 borrando la última oración "La Secretaria
Municipal proporcionará dos copias de los minutos de todas las juntas del Consejo a la Biblioteca
Municipal dentro de los treinta días después de que se aprueben; las copias de los minutos del Consejo
llegará a ser y se mantendrá como registro público permanente." y se agregarán nuevas palabras de
manera que la última oración de la sección 4.6 se lea como sigue:
"Los minutos escritos de la junta del Consejo Municipal se mantendrán como registro permanente con
la disposición del acceso público."
ENMIENDA C. Enmienda al Artículo IV, Sección 4.08 insertando las nuevas palabras "Ninguna acción
del Consejo tendrá fuerza o efecto a menos que sea considerada por cinco (5) miembros del Consejo,
sin ninguna abstención" antes de la última oración de tal manera que la 4.08 se lea como sigue:
El Consejo determinará por ordenanza sus propias reglas y agenda. Una mayoría de los Miembros del
Consejo calificados y funcionando constituirán un quórum para todas las juntas para la operación de
todo negocio, pero ninguna acción del Consejo tendrá fuerza ni efecto alguno a menos que se adapte por
voto favorable de la mayoría de los miembros calificados y funcionando, a menos que se provea por esta
Carta. Ninguna acción del Consejo tendrá fuerza o efecto a menos que sea considerada por cinco (5)
miembros del Consejo, sin ninguna abstención. Los minutos de todas las juntas del Consejo se tomarán
y se registrarán, y tal minutos se constituirá como un registro público.
ENMIENDA D. Enmienda al Artículo IV, Sección 4.12 insertando una nueva sección (5) después del
segundo párrafo "; o (5) . . . . Cuando un estatuto estatal provea que controla la carta municipal" para
que las partes enmendadas de la Sección 4.12 se lean como sigue:
Sección 4.12 PROCEDIMIENTO PARA PROMULGAR LEGISLACION
El Consejo puede legislar y actuar únicamente por ordenanza, resolución o proposición; y toda
ordenanza, resolución o proposición, excepto ordenanzas haciendo apropiaciones se limitarán al tema
de las apropiaciones. La cláusula inicial de cada ordenanza será, "QUE SEA ORDENADA POR EL
CONSEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE HUNTSVILLE, TEXAS." Antes de adoptarse cada
ordenanza, el fiscal de la ciudad aprobará tal ordenanza por escrito en cuanto a forma o archivará con la
Secretaria Municipal las objeciones legales a la misma. Cada ordenanza promulgada por el Consejo se
firmará por el Alcalde; sin embargo, si el Alcalde rehusara firmar o no pudiera firmar en su capacidad
oficial, el Vice-Alcalde actuará en su lugar. En caso de que ni el Alcalde ni el Vice-Alcalde pudiera
firmar, dos de los Miembros del Consejo podrán firmar la Ordenanza. Cada ordenanza se archivará y se
registrará con la Secretaria Municipal antes de que la misma tenga efecto. Cada ordenanza tendrá efecto
en cuanto se adopte, o a una hora posterior especificada en la ordenanza, con la excepción de que
cualquier ordenanza que imponga una infracción, multa o pérdida tendrá efecto después de que los
procedimientos en el Artículo IV, Sección 4.13 de esta Carta se han seguido.
A menos que se haya proporcionado en esta Carta, ninguna ordenanza se promulgará hasta que sea
considerada por el Consejo en dos (2) juntas de consejo separadas a menos que los requisitos para la
lectura de la misma en dos (2) días separadas sea dispensada por el voto afirmativo de una mayoría de
dos-tercios (2/3) de los Miembros del Consejo calificados y en funciones. El requisito de consideración
de una ordenanza en dos (2) juntas de consejo separadas no se aplicará y se requerirá una sola (1) lectura
de una (1) junta de consejo para promulgar una ordenanza relacionada a:
(1) La adopción o enmienda a un presupuesto;
(2) La apreciación, exacción o recaudación de impuestos;
(3) El llamado a elecciones o el sondeo de los resultados y la declaración de los resultados
de unas elecciones;
(4) Una emergencia; o
(5) Cuando un estatuto estatal proporcionará que el mismo controle sobre una carta municipal.
ENMIENDA E. Enmienda al Artículo IV, Sección 4.17 que permite al Consejo designar a una persona
que llene un puesto vacante de doce meses o menos al enmendarlo que se lea (pero recomendando que
no se hagan cambios al Artículo V, Sección 5.04, para que ninguna designación de ningún espacio de
tiempo se pueda hacer por el Consejo para el puesto del Alcalde):
Para los vacantes en el puesto de un Miembro del Consejo que surjan por cualquier motivo, por un
periodo de doce meses o menos del término final, los demás miembros del Consejo Municipal pueden
designar a una persona para que sirva de Miembro del Consejo, o pueden decretar unas elecciones
especiales que se llevarán a cabo en la primera fecha de elección uniforme pero no antes de los 30 días
de que se desocupe el puesto. El Consejo Municipal no designará a más de un Miembro del Consejo en
un periodo de doce meses.
Para los vacantes en el puesto de un Miembro del Consejo que surjan por cualquier motivo, por un
periodo de más de doce meses del término concluido, se llenarán por el tiempo que falte en una elección
que se llevará a cabo en unas elecciones especiales que se llevarán a cabo en la primera fecha de
elección uniforme pero no antes de los 30 días de que se desocupe el puesto. Unas elecciones especiales
se decretarán de acuerdo a las leyes estatales para elegir sucesores que llenen tales puestos no
concluidos. Cualquier persona elegida para llenar el puesto vacante en la oficina de Miembro del
Consejo cumplirán con los requisitos que se requieren para tal puesto.
ENMIENDA F. Enmienda al Artículo IV, Sección 4.18. removiendo la palabra “Cualquiera” y
sustituyéndola por la frase “El Alcalde o” al principio de la oración de manera que la sección 4.18 se lea
como sigue:
El Alcalde o Miembro del Consejo que se ausente por más de cuatro juntas ordinarias de manera
consecutiva, a menos que estas ausencias estén justificadas por enfermedad o por realizar labores
oficiales para la Ciudad, será retirado de su cargo y el Consejo se encargará de llenar el vacante de
acuerdo a lo descrito en la Carta.
ENMIENDA G. Enmienda al artículo V, Sección 5.08 removiendo la palabra “Para” en la subsección
(a) y insertando la palabra “obligatoriamente” al principio de la subsección (a) de manera que la sección
5.08 se lea como sigue:
(a) Obligatoriamente se designará, sujeto a la confirmación y aprobación del Consejo, el Secretario
Municipal, el Fiscal Municipal, el juez de la Corte Municipal, el Contador Público Certificado y todos
los miembros de los Consejos, Comisiones y Comités Municipales.
ENMIENDA H. Enmienda al Artículo VI, removiendo la Sección 6.06, la cual ni está requerida por
ninguna ley estatal y que se lea como sigue:
SECCIÓN 6.06 DERECHOS DE ARCHIVO
Una solicitud para ser candidato a Alcalde y/o Miembro del Consejo, debe acompañarse por un cobro
por derechos de archivo de Un Dólar ($1.00). El pago por este derecho se hará en efectivo.
ENMIENDA I. Enmienda al Artículo VI, Sección 6.07 modificando la segunda oración eliminando el
siguiente lenguaje “…no anterior al octavo día ni posterior al onceavo día después de la elección…” de
manera que los sondeos cumplan con las leyes estatales de manera que la segunda oración de la Sección
6.07 se lea como sigue:
El Consejo hará sondeos de los resultados, investigará que los candidatos cumplan con los
requerimientos y declarará los resultados oficiales de la elección.
ENMIENDA J. Enmienda al Artículo VI, Sección 6.08 para calificar a los oficiales municipales de
acuerdo a las leyes estatales eliminando el siguiente lenguaje “…general…” y “… no anterior al octavo
día ni posterior al onceavo día después del día de la elección…” y eliminando la tercer oración “Todos
los otros oficiales recientemente elegidos podrán incorporarse a sus labores de manera inmediata.” al
insertar el siguiente lenguaje “de acuerdo a la ley estatal” de manera que la Sección 6.08 se lea como
sigue:
Será función del Secretario Municipal notificar a todas las personas elegidas o designadas a puestos
oficiales sobre los resultados de su elección o designación. Todos los oficiales recientemente elegidos
en las elecciones Municipales podrán incorporarse a sus labores de acuerdo a la ley estatal. Todos los
oficiales elegidos o designados deberán cumplir con los requerimientos aceptando y suscribiendo el
juramento del cargo dentro de los treinta días posteriores a la fecha de elección o designación; de no
darse este caso, el puesto se considerará vacante.
ENMIENDA K. Enmienda al Artículo VII, Sección 7.03 para que las peticiones cumplan con las leyes
estatales, enmendando la tercer oración al insertar el siguiente lenguaje “fecha de nacimiento” y
eliminando las palabras “…el apoderado del firmante o número de precinto.” De manera que la tercer
oración de la Sección 7.03 se lea como sigue:
Para que una firma sea válida, la petición debe contener, además de la firma, el nombre escrito del
firmante, el número de registro de votación del firmante o su fecha de nacimiento, la dirección de
residencia del firmante y la fecha de firma.
ENMIENDA L. Enmienda al Artículo XI, Sección 11.02 sobre los procedimientos fiscales insertando
el siguiente lenguaje “tendrá la obligación de asegurar que existan controles internos que garanticen que
los cobros, facturas, nómina, reclamos, demandas o cargos a la Ciudad sean válidos:” al primer párrafo
de manera que el primer párrafo se lea como sigue:
El Director de Finanzas administrará y supervisará todos los aspectos financieros de la Ciudad, de
manera que tendrá la autoridad y tendrá la obligación de asegurar que existan controles internos que
garanticen que los cobros, facturas, nómina, reclamos, demandas o cargos a la Ciudad sean válidos:
ENMIENDA M. Enmienda la Artículo XI, Sección 11.02(d) eliminando el lenguaje al principio
“Auditar y aprobar…” y insertando el nuevo lenguaje al principio “Revisión para su aprobación” de
manera que la Sección 11.02(d) se lea como sigue:
Revisión para su aprobación antes de realizar pagos de todos los cobros, facturas, nómina, y cualquier
evidencia de reclamos, demandas o cargos a la Ciudad. El Director de Finanzas solicitará por escrito,
cuando considere necesario, consejo al Fiscal Municipal para determinar la regularidad, legalidad y
rectitud de estos reclamos, demandas o cargos antes de presentarlos al Consejo para su aprobación.
ENMIENDA N. Enmienda al Artículo XI, Sección 11.02(e) insertando nuevo lenguaje al final de la
primer oración “con provisiones para el acceso público.” Y eliminando la segunda oración “Una copia
de estos estados de cuenta se entregarán a la Biblioteca Municipal de Huntsville.” De manera que la
Sección 11.02(e) se lea como sigue:
Someter a Consejo a través del Alcalde un estado de cuenta trimestral de todos los recibos y
desembolsos con el detalle suficiente para mostrar con exactitud las condiciones financieras de la
ciudad, con provisiones de acceso al público.
ENMIENDA O. Enmiendas al artículo XI, Sección 11.02(f) eliminando la última oración “Una copia
de los reportes financieros aprobados o rechazados se entregará a la Biblioteca Municipal de Huntsville
para sus documentos públicos al mismo tiempo que se publiquen oficialmente, y una o más copias de
este reporte estarán disponibles en la oficina del Director de Finanzas para el escrutinio público
durante el horario normal de labores.” y insertando el lenguaje “Se harán las provisiones necesarias
para el acceso al público.” De manera que la última oración de la Sección 11.02(f) se lea como sigue:
Se publicará en el diario oficial de la Ciudad, el estado financiero de la condición financiera de la
Ciudad, incluyendo el estatus de todas las cuentas generales y especiales, y los bonos y adeudos de la
Ciudad en la forma y con la frecuencia que requieran la mayoría de los Miembros del Consejo que
estén calificados y en funciones, pero que sea al menos una vez al año fiscal. Este reporte financiero
será auditado por un Contador Público Certificado y será el mismo designado bajo la Sección 11.16 de
este Capítulo y cumplirá con los requerimientos de dicha Sección. Esta aceptación o rechazo se hará
durante una junta ordinaria del Consejo y los resultados se registrarán y reflejarán en el reporte cuando
se publiquen de acuerdo a la provisión anterior. Esta Provisión estará disponible al público.
ENMIENDA P. Enmienda al Artículo XI, Sección 11.02(h) borrando las primeras tres palabras
"Tener custodia de" y insertar nuevas palabras ""Registro" al inicio y borrar las palabras" ... y tener en
custodia los bonos y notas de la Ciudad y las recepciones y entregas de los bonos de la Ciudad,
garantías y notas de transferencia, registro e intercambio. El Director de Finanzas será el responsable
de la destrucción de bonos, garantías y notas canjeadas, pagadas y canceladas. " de manera que la
Sección 11.02(h) se lea como sigue:
Se registraran todas las inversiones en fondos de inversión de la Ciudad o en posesión de la Ciudad
en capacidad de fiduciario."
ENMIENDA Q. Enmienda al Artículo XI, Sección 11.03 insertando el nuevo lenguaje "/electrónica"
en la última oración de tal manera que la última oración de la Sección 11.03 se lea como sigue:
"Con tal que el Consejo, para tales reglamentos y limitaciones que prescriba, puede por ordenanza
autorizar el uso de firmas facsímiles impresas electrónicamente o a máquina del tal Alcalde o
Administrador Municipal en tales cheques, vales u órdenes."
ENMIENDA R. Enmienda al Artículo XI, Sección 11.09 borrando el número "19" en la segunda
oración porque ahora todos los años empiezan con "20" y insertando el lenguaje nuevo "(declarando el
año fiscal)" en la segunda oración para que la segunda oración de la Sección 11.09 se lea como sigue:
Tal préstamo se hará con la emisión de notas de cargo de la Ciudad, cada una de la cual se designará
"nota de impuesto anticipado para el año ___ (declarando el año fiscal)".
ENMIENDA S. Enmienda al Artículo XI, Sección 11.16 borrando las palabras "las copias archivadas
en la oficina del Director de Finanzas de la Biblioteca Pública de Huntsville como registro público" en
la última oración y insertar las nuevas palabras "provisiones hechas para el acceso público." en la última
oración de tal manera que la última oración de la Sección 11.16 se lea como sigue:
Al completar la auditoría, los resultados del mismo se publicarán inmediatamente en un periódico de
la Ciudad de Huntsville y se harán provisiones para el acceso público.
ENMIENDA T. Enmienda al Artículo XI, quitando la Sección 11.17 que se lee actualmente:
SECCIÓN 11.17 LIMITE SOBRE LA EMISION DE NUEVAS DEUDAS POR EL CONSEJO
MUNICIPAL
Toda emisión nueva de deuda nueva que exceda un total de .002 ( dos décimas del uno por ciento) de
valor gravable neto certificado por el Walker County Appraisal District aplicable a la lista de los sujetos
a impuestos para el año fiscal en que los fondos sean aprobados se someterá a los votantes calificados
de la Ciudad de Huntsville, Texas con tal de que la emisión de deuda nueva no se requiera para una
emergencia o desastre que incluya la Ciudad de Huntsville designado por el Gobernador del Estado de
Texas o por el Presidente de los Estados Unidos o por una emergencia o un desastre designado por voto
mayoritario del Consejo Municipal únicamente por una amenaza inminente a la salud o seguridad
pública. Una mayoría favorable de todos los votos emitidos en unas elecciones municipales se requiere
para la aprobación.
ENMIENDA U. Enmendar Artículo XIII, Sección 13.01 borrando la primer oración “El derecho de
control y uso de las calles, carreteras aceras, privadas, parques, espacios públicos y lugares públicos de
la Ciudad se declara por este medio inalienable por la Ciudad, excepto por ordenanza que no tenga
conflicto con las provisiones de esta Carta.” y insertando una nueva primer oración “La Ciudad tendrá
todo poder, al grado que el mismo se confiera por la ley aplicable, para poseer, alquilar, operar,
prohibir, regular y control cualquier utilidad pública dentro o fuera de los límites de la Ciudad y para
proporcionar por la compensación y alquilar que se pagará a la Ciudad por cualquier utilidad pública
para el uso de sus calles, carreteras y áreas públicas..” para que la primer oración de Sección 13.01
leerá:
“La Ciudad tendrá todo poder, al grado que el mismo se confiera por la ley aplicable, para poseer,
alquilar, operar, prohibir, regular y control cualquier utilidad pública dentro o fuera de los límites de
la Ciudad y para proporcionar por la compensación y alquiler que se pagará a la Ciudad por cualquier
utilidad pública para el uso de sus calles, carreteras y áreas públicas.”
ENMIENDA V. Enmienda al Artículo XIII, Sección 13.02 borrando la primera oración “El Consejo
tendrá el poder por ordenanza de otorgar, renovar y extender toda franquicia de todas utilidades
públicas de todo carácter operando dentro de la Ciudad y, con el consentimiento del propietario de la
franquicia, enmendar el mismo..” y insertando las nuevas primeras y segundas frases “El Consejo de la
Ciudad tendrá el poder por ordenanza de otorgar, renovar y extender toda franquicia de utilidades
públicas con todo carácter operando dentro de la Ciudad y con tales propósitos se le otorga poder por
completo. El termino “utilidad pública” usado aquí es interpretado para significar cualquier persona,
empresa o corporación suministrando al público cualquier servicio público general, incluyendo, pero
no limitándose al de calefacción, luz, gas, electricidad, servicio telefónico, servicios de comunicación,
antena comunitaria o servicio de television de cable, servicio de alcantarilla y su tratamiento, agua,
servicio de grúa, el transporte de pasajeros alquilado, o cualquier otro servicio público donde el
derecho de, en parte, apropriar o usar calles, carreteras, u otra propiedad de la Ciudad, como necesario
o apropiado es otorgado.” para que la sección 13.02 lea como lo siguiente:
“El Consejo de la Ciudad tendrá el poder por ordenanza de otorgar, renovar y extender toda franquicia
de utilidades públicas con todo carácter operando dentro de la Ciudad y con tales propósitos se le
otorga poder por completo. El termino “utilidad pública” usado aquí es interpretado para significar
cualquier persona, empresa o corporación suministrando al público cualquier servicio público general,
incluyendo, pero no limitándose al de calefacción, luz, gas, electricidad, servicio telefónico, servicios
de comunicación, antena comunitaria o servicio de television de cable, servicio de alcantarilla y su
tratamiento, agua, servicio de grúa, el transporte de pasajeros alquilado, o cualquier otro servicio
público donde el derecho de, en parte, apropriar o usar calles, carreteras, u otra propiedad de la
Ciudad, como necesario o apropiado es otorgado. Proveído, sin embargo, que la franquicia tendera
que ser otorgada por un termino indeterminado, y que ninguna franquicia sera otorgada por un termino
de más de treinta años.”
ENMIENDA W. Enmienda al Artículo XIII, Sección 13.04 insertando lenguaje nuevo “Excepto como
proporcionado por la ley…” para seguir con ley estatal para que Sección 13.04 lea como lo siguiente:
“Excepto como proporcionado por la ley, ninguna franquicia de utilidad pública podrá transferirse al
propietario de ella excepto con la aprobación del Consejo expresado en la ordenanza.”
ENMIENDA X. Enmienda al Artículo XIII, Sección 13.06 insertando nuevo lenguaje “y establecer
estándares razonables de servicio y calidad de productos y prevenir discriminación en servicio o
tarifas” en subsección (b); al insertar nuevo lenguaje “y requerir que el mantenimiento de instalaciones
sean realizadas a las más altos estándares de calidad de eficiencia.” en subsección (c); y al insertar
nuevo lenguaje para añadir una nueva subsección “(j) Requerir que el propietario de franquicia restore
a los estándares de la Ciudad que apliquen durante ese tiempo, al costo de el/ella, toda propiedad
pública y privada dañada or destruida por construcción, mantenimiento, o remoción por tal propietario
de franquicia.” para que sebsecciones (b), (c) y (j) lean como lo siguiente:
“(b) Imponer regulaciones razonables para asegurar servicio seguro, eficiente y continuo al
público y establecer estándares de servicio razonables y calidad de productos y prevenir discriminación
injusta en servicio o tarifas.
(c) Requerir que la expansión, extensión, alargamiento y mejoramiento de plantas e
instalaciones necesaria para proporcionar servicio adecuado al público y requerir que el
mantenimiento de instalaciones sean realizadas a las estándares más altos de calidad.
(j) Requerir que el propietario de franquicia restore a los estándares de la Ciudad que apliquen
durante ese tiempo, al costo de el/ella, toda propiedad pública y privada dañada o destruida por
construcción, mantenimiento, o remoción por tal propietario de franquicia.”
ENMIENDA Y. Enmienda al Artículo XIII, insertando una nueva Sección 13.08:
“SECCION 13.08 OTRAS CONDICIONES DE FRANQUICIA
Todas las franquicias otorgadas de ahora en adelante serán reconocidas como contratos entre la
Ciudad y el garantizador, y los derechos contractuales contenidos en tal franquicia no serán dañados
por las provisiones de esta Carta, excepto que el poder general de la Ciudad de ejercer su derecho de
dominio eminente en la adquisición de cual quiera propiedad de utilidad sera reservada en toda cosa;
y excepto que el poder general de la Ciudad, de ahora en adelante existiendo y aquí proporcionado
para regular las tarifas y servicios del garantizador, incluirá el derecho de requerir la propia y
adecuada extensión de planta y servicio y el mantenimiento de planta y equipo a los estándares más
altos de eficiencia. Toda franquicia otorgada de ahora en adelante sera sujeta a los términos y
condiciones contenidos en las diferentes secciones de estos artículos aun cuando tales términos no esta
mencionados específicamente en la franquicia.”
ENMIENDA Z. Enmienda al Artículo XIII, insertando una nueva Sección 13.09:
“SECCION 13.09 REGULACION DE TARIFAS Y SERVICIOS
El Concejo de la Ciudad sujeto a ley aplicable tendrá poder total, después del necesario aviso y
audiencia, para regular por ordenanza las tarifas, cargos y precios de cada propietario de franquicia
de utilidad pública operando en la Ciudad. Cada propietario de franquicia que solicite un incremento
de tarifas, cargos o precios tendrá, en la audiencia del Consejo de la Ciudad llamada para considerar
tal solicitud, el cargo de establecer por clara, competente y convincente evidencia el valor de su
propiedad de inversión asignable a servicio en la Ciudad, la cantidad y carácter de sus gastos e ingresos
conectados al proceso de tal servicio, y toda evidencia adicional requerida por el Consejo de la Ciudad.
Si ningún acuerdo entre el Consejo de la Ciudad y el propietario de franquicia se llega a cumplir en tal
solicitud de incremento de tarifas, cargos o costos, el Consejo de la Ciudad podrá seleccionar y emplear
consultores de tarifas, auditores o abogados para investigar y, si es necesario, litigar tal solicitud. El
propietario de franquicia reembolsara la Ciudad por los costos razonables y necesarios incurridos y
podrá recuperar tales costos por medio de sus tarifas durante el periodo de recuperación si es
autorizado a hacerlo por el Consejo de la Ciudad.”
ENMIENDA AA. Enmienda al Artículo XIV, Sección 14.05 para que cumpla con ley estatal borrando
las palabras “PERIODICO OFICIAL” y el siguiente lenguaje “tener el poder de contratar anualmente
con y, por ordenanza o resolución, designar el periódico público de circulación general en la Ciudad
como el órgano oficial de tal y para continuar como tal hasta que otro sea designado, y, ahi…” y
insertando nuevo lenguaje “causa de ser publicado en cualquier medio permitido por ley estatal.” para
que sección 14.05 lea como lo siguiente:
“SECCION 14.05 INFORMACION DE ASUNTOS PUBLICOS
El Consejo podrá causar que se publique en cualquier medio permitido por ley estatal toda ordenanza,
aviso y otros asuntos requeridos por este Capitulo, por las ordenanzas de la Ciudad, y por la
Constitución o leyes del Estado de Texas que se publiquen.”
ENMIENDA BB. Enmienda al Artículo XIV, Sección 14.11 borrando las palabras “no sera intitulado
a tales reembolsos que excedan Quinientos Dólares” y “Quinientos Dólares” en la primera oración y
insertar nuevo lenguaje “el limite solamente podrá ser excedido con un voto afirmativo de una mayoría
de dos-tercios (2/3) del Consejo calificado y sirviendo” al final de la primera oración para que la primera
oración de Sección 14.05 lea como lo siguiente:
“El Consejo podrá autorizar el reembolso de actual y facturados gastos incurridos por cualquier oficial
o empleado de la Ciudad mientras actué de parte de la Ciudad en su capacidad oficial; proveído, el
Alcalde de cada año fiscal y Miembro de Consejo no sean intitulados a tales reembolsos excediendo
cada uno por cada año fiscal; el limite solamente podrá ser excedido con un voto afirmativo de una
mayoría de dos-tercios (2/3) del Concejo calificado y sirviendo.”
ENMIENDA CC. Enmienda al Artículo XIV, Sección 14.13 para que cumpla con ley estatal borrando
el siguiente lenguaje en subsección (b) “Ninguna venta o renta de bienes raíces podrá ser echa por el
Consejo sin que primero cause que sea anunciada para ofertas por un aviso en el periódico oficial de
la Ciudad por dos semanas consecutivas poniendo la propiedad propuesta que sea vendida o rentada,
las condiciones bajo cuales las ofertas se podrán recibir y el tiempo y lugar que se podrán empezar.” y
insertando nuevo lenguaje “Cualquier venta o renta de bienes raíces poseídas por la Ciudad serán
ejecutadas de acuerdo a ley estatal.” para que subsección (b) lea como lo siguiente:
“(b) Cualquier venta o renta de bienes raíces poseídas por la Ciudad serán ejecutadas de acuerdo a ley
estatal.”
ENMIENDA DD. Enmienda al Artículo XIV, Sección 14.14 borrando el siguiente lenguaje: “El
Consejo podrá conceder contratos solamente en juntas regulares del Consejo excepto en el evento de
grave emergencia o calamidad. Es proporcionado adicionalmente que desde la fecha de cualquier
elección general de la Ciudad hasta que los miembros del Consejo electos en tal elección hayan
adecuadamente calificado y tomado posición de oficina, el Consejo no podrá crear, hacer o entrar en
ningún contrato para la compra de materiales, suministros, terrenos o edificios, o para la construcción
o reparación de ningún edificio público o el llevar acabo de ningún trabajo público, o servicios
profesionales requiriendo o autorizando cualquier costo en exceso de mil dólares que crea o imponga
en la Ciudad cualquier obligación o cargos de cualquier naturaleza o carácter, excepto en el evento de
grave emergencia o calamidad. Es específicamente proporcionado, sin embargo, que esta provisión no
sera aplicada a contratos legalmente autorizados previo a cualquier elección general de la Ciudad o a
contratos que sean de ahora en adelante autorizados legalmente por un voto de los votantes calificados
de la Ciudad, o a contrates hechos con el propósito de continuar las funciones normales de cualquier
departamento establecido regularmente por la Ciudad. Cualquier y todo contrato hecho de ahora en
adelante por la Ciudad en violación al los términos de esta provisión serán nulos y no serán ejecutables
en ninguna corte de este Estado y la ejecución de tal y el pago de cualquier dinero debajo de tal sera
instado por cualquier propiedad de ciudadano que pague impuestos de la Ciudad.” al insertar nuevo
lenguaje “Desde la fecha de cualquier elección general de la Ciudad hasta la solicitación de dicha
elección, el Consejo no podrá crear, hacer o entrar en ningún contrato que exceda los cinco mil
dólares.” para que Sección 14.14 lea como lo siguiente:
“Desde la fecha de cualquier elección general hasta la solicitación de dicha elección, el Consejo no
podrá crear, hacer o entrar en ningún contrato que exceda los cinco mil dólares.”
ENMIENDA EE. Enmienda al Artículo XIV, removiendo Sección 14.18 que actualmente lee:
SECCION 14.18 PUBLICIDAD DE REPORTES RELACIONADOS A ASUNTOS MUNICIPALES
Todo reporte hecho por el Estado de Texas o cualquiera de sus agencias, o departamentos que conciernen
la Ciudad o cualquiera función realizada por tal sera leído públicamente en la primera junta regular del
Consejo siguiendo el recibimiento de cada reporte.
ENMIENDA FF. Enmienda al Artículo XIV, Sección 14.19 insertando nuevo lenguaje “Cualquier
oficial electo de la Ciudad condenado en cualquier corte de un crimen que involucre vileza moral tendrá
que renunciar a su oficina.” para que Sección 14.19 lea:
Cualquier violación intencional del las provisiones de este Capítulo o de las leyes del Estado de Texas
relacionadas a Ciudades de Gobierno por Hogar constituyera maleficencia en oficina, y cada oficial o
empleado de la Ciudad culpable de esto tendrá que renunciar de inmediato su oficina o posición, y
dicha oficina o posición sera declarada vacante. Cualquier oficial electo de la Ciudad condenado en
cualquier corte de un crimen involucrando vileza moral tendrá que renunciar a su oficina.
SECCIÓN 6. Las elecciones oficiales para ser usadas en esta elección especial cumplirán con las
provisiones aplicables del Código de Elección de Texas, declarará cada enmienda propuesta por
separado y claramente de modo que los votantes pasen sobre cada enmienda por separado y aparte del
otro de modo que cada votante pueda votar "a Favor" "de" "o Contra" cualquier enmienda o enmiendas
sin votar "a Favor" "de" "o Contra" todas tales enmiendas, y habrá escrito o habrá imprimido sobre eso
lo siguiente:
ENMIENDAS PROPUESTAS A LOS ESTATUTOS MUNICIPALES EXISTENTES
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION A
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá la última oración del Artículo III, Sección 3.04 de la Carta de la Ciudad relacionada con mejorar
la calle y desarrollo que ser enmendada a leer como los siguiente?
Como método alterno y acumulativo de desarrollar, mejorar y pavimentar cualquiera y todas las calles,
aceras, callejones, carreteras y otras vías públicas dentro de sus límites incorporados, la Ciudad tendrá
el poder y la autoridad de proceder de acuerdo con todos los poderes concedidos a las ciudades
permitidos por la ley.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION B
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá la última oración del Artículo IV, Sección 4.06 de la Carta de la Ciudad relacionada con la
Secretaria de Ciudad ser enmendada para que lea como lo siguiente?
Los minutos escritos de la junta del Consejo Municipal se mantendrá como registro permanente con la
disposición del acceso público.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION C
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo IV, Sección 4.08 de la Carta de la Ciudad relacionada con acción del Consejo de la
Ciudad que tener insertada la siguiente oración?
Ninguna acción del Consejo tendrá fuerza o efecto a menos que sea considerada por cinco (5) miembros
del Consejo, sin ninguna abstención.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION D
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá en el Artículo IV, Sección 4.12 de la Carta de Ciudad, tendrán las excepciones al que requieren
dos lecturas separadas de ordenanzas ser enmendadas para insertar el siguiente declaración (5)?
(5) “Cuando un estatuto estatal proporcionará que el mismo controle sobre una carta municipal.”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION E
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá en el Artículo IV, Sección 4.17 se enmendará de manera que se permita al Consejo designar a
una persona que llene un puesto vacante de doce meses o menos al enmendarlo como sigue (sin cambio
alguno al Artículo V Sección 5.04, para que ninguna designación de ningún espacio de tiempo se pueda
hacer por el Consejo para el puesto del Alcalde)?
Para los vacantes en el puesto de un Miembro del Consejo que surjan por cualquier motivo, por un
periodo de doce meses o menos del término final, los demás miembros del Consejo Municipal pueden
designar a una persona para que sirva de Miembro del Consejo, o pueden decretar unas elecciones
especiales que se llevarán a cabo en la primera fecha de elección uniforme pero no antes de los 30 días
de que se desocupe el puesto. El Consejo Municipal no designará a más de un Miembro del Consejo en
un periodo de doce meses.
Para los vacantes en el puesto de un Miembro del Consejo que surjan por cualquier motivo, por un
periodo de más de doce meses del término final, se llenarán por el tiempo que falte en una elección que
se llevará a cabo en unas elecciones especiales que se llevarán a cabo en la primera fecha de elección
uniforme pero no antes de los 30 días de que se desocupe el puesto. Unas elecciones especiales se
decretarán de acuerdo a las leyes estatales para elegir sucesores que llenen tales puestos no concluidos.
Cualquier persona elegida para llenar el puesto vacante en la oficina de Miembro del Consejo tendrá las
cualificaciones que se requieren para tal puesto.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION F
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo IV, Sección 4.18 de la Carta de Ciudad relacionado con la renuncia de oficina que
ser enmendado para incluir claramente la posición de Alcalde para que Sección 4.18 lea como lo
siguiente?
El Alcalde o Miembro del Consejo que se ausente por más de cuatro juntas ordinarias de manera
consecutiva, a menos que estas ausencias estén justificadas por enfermedad o por realizar labores
oficiales para la Ciudad, será retirado de su cargo y el Consejo se encargará de llenar la vacante de
acuerdo a lo descrito en la Carta.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION G
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo V, Sección 5.08(a) de la Carta de Ciudad relacionado con los deberes del Alcalde
que ser enmendado para indicar que el Alcalde tendrá que hacer nombramientos, para que subsección
(a) lea como lo siguiente?
(a) Obligatoriamente se designará, sujeto a la confirmación y aprobación del Consejo, el Secretario
Municipal, el Fiscal Municipal, el juez de la Corte Municipal, el Contador Público Certificado y todos
los miembros de los Consejos, Comisiones y Comités Municipales.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION H
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo VI, Sección 6.06 de la Carta de la Ciudad relacionado con la cuota de postularse
como candidato de Consejo de la Ciudad que ser borrado?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION I
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo VI, Sección 6.07 de la Carta de la Ciudad relacionado con los ingresos de solicitación
de elecciones ser enmendado para que esté en acuerdo con las fechas impuestas por ley estatal borrando
el siguiente lenguaje “…no anterior al octavo día ni posterior al onceavo día después de la elección…”?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION J
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendra el Articulo VI, Seccion 6.08 de la Carta de la Ciudad relacionada a los officiales calificantes de
ser enmendadas en acuerdos con la ley estatal para que lea como lo siguente por la Seccion 6.08?
Será función del Secretario Municipal notificar a todas las personas elegidas o designadas a puestos
oficiales sobre los resultados de su elección o designación. Todos los oficiales recientemente elegidos
en las elecciones Municipales podrán incorporarse a sus labores de acuerdo a la ley estatal. Todos los
oficiales elegidos o designados deberán cumplir con los requerimientos aceptando y suscribiendo el
juramento del cargo dentro de los treinta días posteriores a la fecha de elección o designación; de no
darse este caso, el puesto se considerará vacante.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION K
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo VII, Sección 7.03 de la Carta de la Ciudad relacionado con puntos incluidos en
peticiones ser enmendado al enmendar la tercera oración para que esté de acuerdo con ley estatal para
que la tercera oración de Sección 7.03 lea como lo siguiente?
Para que una firma sea válida, la petición debe contener, además de la firma, el nombre escrito del
firmante, el número de registro de votación del firmante o su fecha de nacimiento, la dirección de
residencia del firmante y la fecha de firma.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION L
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.02 de la Carta de Ciudad relacionado con procesos fiscales ser
enmendado al enmendar el primer párrafo para que lea como lo siguiente?
El Director de Finanzas administrará y supervisará todos los aspectos financieros de la Ciudad, de
manera que tendrá la autoridad y tendrá la obligación de asegurar que existan controles internos que
garanticen que los cobros, facturas, nómina, reclamos, demandas o cargos a la Ciudad sean válidos:
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION M
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.02(d) de la Carta de la Ciudad relacionado a procedimientos fiscales
que ser enmendando al enmendar subsección (d) para que Sección 11.02(d) lea como lo siguiente?
Revisión para su aprobación antes de realizar pagos de todos los cobros, facturas, nómina, y cualquier
evidencia de reclamos, demandas o cargos a la Ciudad. El Director de Finanzas solicitará por escrito,
cuando considere necesario, consejo al Fiscal Municipal para determinar la regularidad, legalidad y
rectitud de estos reclamos, demandas o cargos antes de presentarlos al Consejo para su aprobación.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION N
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.02(e) de la Carta de la Ciudad relacionado a declaraciones trimestrales
que ser enmendado al enmendar subsección (e) para que Sección 11.02(e) lea como lo siguiente?
Someter a Consejo a través del Alcalde un estado de cuenta trimestral de todos los recibos y
desembolsos con el detalle suficiente para mostrar con exactitud las condiciones financieras de la
ciudad, con provisiones de acceso al público.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION O
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.02(f) de la Carta de la Ciudad relacionado a declaraciones de la
condición fiscal de la Ciudad que ser enmendado borrando la última oración “Una copia de los reportes
financieros aprobados o rechazados se entregará a la Biblioteca Municipal de Huntsville para sus
documentos públicos al mismo tiempo que se publiquen oficialmente, y una o más copias de este reporte
estarán disponibles en la oficina del Director de Finanzas para el escrutinio público durante el horario
normal de labores.” y insertando como última oración “Se harán las provisiones necesarias para el
acceso al público.”?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION P
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.02(h) de la Carta de la Ciudad relacionada a procedimientos fiscales
que ser enmendado al enmendar subsección (h) para que Sección 11.02(h) lea como lo siguiente?
“Se registraran todas las inversiones en fondos de inversión de la Ciudad o en posesión de la Ciudad
en capacidad de fiduciario..”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION Q
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.03 de la Carta de la Ciudad relacionado con procedimientos de
deposito que ser enmendado al enmendar la última oración para incluir el termino “electrónicamente”
para que la última oración de Sección 11.03 lea como lo siguiente?
“Con tal que el Consejo, para tales reglamentos y limitaciones que prescriba, puede por ordenanza
autorizar el uso de firmas facsímiles impresas electrónicamente o a máquina del tal Alcalde o
Administrador Municipal en tales cheques, vales u órdenes.”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION R
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.09 de la Carta de la Ciudad relacionada con notas de impuestos que
ser enmendado para que el año lea “(indicando el año de impuesto)” en lugar de indicando el año como
“19 ”?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION S
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.16 de la Carta de la Ciudad relacionada con auditorias que ser
enmendado al enmendar la última oración para permitir el acceso público borrando “…las copias
archivadas en la oficina del Director de Finanzas de la Biblioteca Pública de Huntsville como registro
público…” y insertando “provisiones hechas para el acceso público” para que la última oración de
Sección 11.16 lea como lo siguiente?
Al completar la auditoría, los resultados del mismo se publicarán inmediatamente en un periódico de
la Ciudad de Huntsville y se harán provisiones para el acceso público.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION T
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XI, Sección 11.17 de la Carta de la Ciudad relacionada al limite de aseguranza de
una nueva deuda de ser borrada de acuerdo a ley estatal?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION U
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIII, Sección 13.01 de la Carta Municipal relacionado con la propiedad pública se
enmendará para concordar con la ley estatal borrando la primera oración "El derecho de control y uso
de las calles, carreteras aceras, privadas, parques, espacios públicos y lugares públicos de la Ciudad
se declara por este medio inalienable por la Ciudad, excepto por ordenanza que no tenga conflicto con
las provisiones de esta Carta." y se insertará una nueva primera oración "La Ciudad tendrá todo poder,
al grado que el mismo se confiera por la ley aplicable, para poseer, alquilar, operar, prohibir, regular
y control cualquier utilidad pública dentro o fuera de los límites de la Ciudad y para proporcionar por
la compensación y alquiler que se pagará a la Ciudad por cualquier utilidad pública para el uso de sus
calles, carreteras y áreas públicas.”?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION V
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá la primera oración del Artículo XIII, Sección 13.02 de la Carta de la Ciudad relacionada con
otorgamiento de franquicias que ser enmendada borrando la primer oración y insertando las nuevas
primeras y segundas oraciones para que Sección 13.02 lea como lo siguiente?
“El Consejo de la Ciudad tendrá el poder por ordenanza de otorgar, renovar y extender toda franquicia
de utilidades públicas de cualquier carácter operando dentro de la Ciudad y fortales propósitos es
otorgado poder total. El termino “utilidad pública” usado aquí es interpretado con el significado de
cualquier persona, empresa o corporación ofreciendo al público cualquier servicio público general,
incluyendo, pero no limitado al de calefacción, luz, gas, electricidad, servicio telefónico, servicios de
comunicación, antenas comunitarias o servicio de televisión de cable, servicio de alcantarilla y el
tratamiento de tal, agua, servicio de grúa, el transporte de pasajeros alquilado, o cualquier otro servicio
público en el cual el derecho de, en parte, apropiar o usar las calles, carreteras o otra propiedad de la
Ciudad, como necesario o propio es garantizado. Proveído, sin embargo, que la franquicia tendera que
ser otorgada por un termino indeterminado, y que ninguna franquicia sera otorgada por un termino de
más de treinta años.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION W
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIII, Sección 13.04 de la Carta de la Ciudad relacionado con transferir franquicias
que ser enmendado para insertar nuevo lenguaje “Excepto como proporcionado por la ley…” para que
lea como lo siguiente?
Excepto como proporcionado por la ley, ninguna franquicia de utilidad pública podrá transferirse al
propietario de ella excepto con la aprobación del Consejo expresado en la ordenanza.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION X
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIII, Sección 13.06 que ser enmendado al enmendar subsecciones 13.06(b), 13.06(c)
y 13.06(j) y insertando nuevo lenguaje para que subsecciones (b), (c) y (j) lean como lo siguiente?
“(b) Imponer regulaciones razonables para asegurar servicio seguro, eficiente y continuo al
público y establecer estándares de servicio razonables y calidad de productos y prevenir discriminación
injusta en servicio o tarifas.
(c) Requerir que la expansión, extensión, alargamiento y mejoramiento de plantas e
instalaciones necesaria para proporcionar servicio adecuado al público y requerir que el
mantenimiento de instalaciones sea realizado a los estándares más altos de calidad.
(j) Requerir que el propietario de franquicia restore a los estándares de la Ciudad que apliquen
durante ese tiempo, al costo de el/ella, toda propiedad pública y privada dañada o destruida por
construcción, mantenimiento, o remoción por tal propietario de franquicia.”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION Y
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIII de la Carta de la Ciudad relacionado a franquicias y utilidades públicas que ser
enmendado para incluir una nueva Sección 13.08 titulada Otras Condiciones de Franquicia, para que
lea como lo siguiente?
Todas las franquicias otorgadas de ahora en adelante serán reconocidas como contratos entre la
Ciudad y el garantizador, y los derechos contractuales contenidos en tal franquicia no serán dañados
por las provisiones de esta Carta, excepto que el poder general de la Ciudad de ejercer su derecho de
dominio eminente en la adquisición de cual quiera propiedad de utilidad sera reservada en toda cosa;
y excepto que el poder general de la Ciudad, de ahora en adelante existiendo y aquí proporcionado
para regular las tarifas y servicios del garantizador, incluirá el derecho de requerir la propia y
adecuada extensión de planta y servicio y el mantenimiento de planta y equipo a los estándares más
altos de eficiencia. Toda franquicia otorgada de ahora en adelante sera sujeta a los términos y
condiciones contenidos en las diferentes secciones de estos artículos aun cuando tales términos no estan
mencionados específicamente en la franquicia.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION Z
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIII de la Carta de la Ciudad relacionada con franquicias y utilidades públicas de ser
enmendado para incluir una nueva Sección 13.09 titulada Regulación de Tarifas y Servicios, para que
lea como lo siguiente?
El Concejo de la Ciudad sujeto a ley aplicable tendrá poder total, después del necesario aviso y
audiencia, para regular por ordenanza las tarifas, cargos y precios de cada propietario de franquicia
de utilidad pública operando en la Ciudad. Cada propietario de franquicia que solicite un incremento
de tarifas, cargos o precios tendrá, en la audiencia del Consejo de la Ciudad llamada para considerar
tal solicitud, el cargo de establecer por clara, competente y convincente evidencia el valor de su
propiedad de inversión asignable a servicio en la Ciudad, la cantidad y carácter de sus gastos e ingresos
conectados al proceso de tal servicio, y toda evidencia adicional requerida por el Concejo de la Ciudad.
Si ningún acuerdo entre el Consejo de la Ciudad y el propietario de franquicia se llega a cumplir en tal
solicitud de incremento de tarifas, cargos o costos, el Consejo de la Ciudad podrá seleccionar y emplear
consultores de tarifas, auditores o abogados para investigar y, si es necesario, litigar tal solicitud. El
propietario de franquicia reembolsara la Ciudad por los costos razonables y necesarios incurridos y
podrá recuperar tales costos por medio de sus tarifas durante el periodo de recuperación si es
autorizado a hacerlo por el Consejo de la Ciudad.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION AA
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIV, Sección 14.05 de la Carta de la Ciudad que ser enmendado para permitir la
publicación tal como es proveído por ley estatal y ser re-titulado Información de Asuntos Públicos y que
lea como lo siguiente?
El Consejo podrá causar que se publique en cualquier medio permitido por ley estatal toda ordenanza,
aviso y otros asuntos requeridos por este Capitulo, por las ordenanzas de la Ciudad, y por la
Constitución o leyes del Estado de Texas que se publiquen.
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION BB
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá la primera oración del Artículo XIV, Sección 14.11 de la Carta de la Ciudad que ser enmendada
borrando las palabras “no sera intitulado a tales reembolsos que excedan Quinientos Dólares” y
“Quinientos Dólares” en la primera oración y insertando nuevo lenguaje “el limite solamente podrá ser
excedido con un voto afirmativo de una mayoría de dos-tercios (2/3) del Consejo calificado y sirviendo”
al final de la primera oración para que la primera oración de Sección 14.05 lea como lo siguiente?
“El Consejo podrá autorizar el reembolso de actual y facturados gastos incurridos por cualquier oficial
o empleado de la Ciudad mientras actué de parte de la Ciudad en su capacidad oficial; proveído, el
Alcalde de cada año fiscal y Miembro del Consejo no sean intitulados a tales reembolsos excediendo
cada uno por cada año fiscal; el limite solamente podrá ser excedido con un voto afirmativo de una
mayoría de dos-tercios (2/3) del Concejo calificado y sirviendo.”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION CC
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIV, Sección 14.13(b) de la Carta de la Ciudad que concierne la venta o renta de
bienes raíces de ser enmendado para permitir la venta de terreno que NO sea terreno de parque público
para que sea vendido de acuerdo con ley estatal para que 14.13(b) lea como lo siguiente?
“(b) Cualquier venta o renta de bienes raíces poseídas por la Ciudad serán ejecutadas de acuerdo a ley
estatal.”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION DD
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIV, Sección 14.14 de la Carta de la Ciudad relacionada con Limites a Contratos de
ser enmendado para que lea como siguiente?
“Desde la fecha de cualquier elección general hasta la solicitación de dicha elección, el Consejo no
podrá crear, hacer o entrar en ningún contrato que exceda los cinco mil dólares.”
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION EE
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIV, Sección 14.18 de la Carta de la Ciudad relacionada con la lectura de reportes
enteros hechos por el Estado de Texas o cualquier otra de sus agencias en la Ciudad de ser borrada?
CIUDAD DE HUNTSVILLE PROPOSICION FF
FOR (A favor)
AGAINST (Contra)
Tendrá el Artículo XIV, Sección 14.19 de la Carta de la Ciudad de ser enmendada para incluir una
oración final que lea como lo siguiente?
Cualquier oficial electo de la Ciudad condenado en cualquier corte de un crimen que involucre vileza
moral tendrá que renunciar a su oficina.
SECCIÓN 7. Diana McRae, Administradora de elecciones, del condado de Walker, Texas, es
designada por lo presente como Secretaria de elecciones anticipadas, y Julie Cooper, Gerente de
Elecciones, del condado de Walker, Texas, es nombrado como empleada Adjunto Votación Temprana
(DEVC) para la votación anticipada conjunto aprobado por la Corte de Comisionados, al igual que con
respecto a la votación temprana en persona y el voto por correo y el Anexo del Condado de Walker
(Walker County Annex), 1301 Sam Houston Avenue, Room 101, Huntsville, Texas 77340, es por la
presente designado como el lugar principal para votar por anticipado en las elecciones.
Las solicitudes para boletos que se votaran en ausencia por correo deberán enviarse a:
Diana McRae, Walker County Tax Assessor-Collector
1301 Sam Houston Avenue, Suite 114, Huntsville, Texas 77340
Telefono: (936) 436-4959 Numero de Fax: (936) 436-4961
Coreo electronico: walkervr@co.walker.tx.us
Votación Temprana en la elección por el aspecto personal será conducida en los tiempos, fechas y sitios
que votan como está previsto para en el Acuerdo de Elección Conjunto y el Contrato de Servicios de
Elección entre la Ciudad de Huntsville, Texas y Condado de Walker, Texas y adelante adopta cualquier
adición o enmiendas a tal acerca de tiempos de votación tempranos, fechas, y votación de la posición